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Modificación retenciones a cuenta IRPF profesionales

En aplicación del Real Decreto-Ley 20/2012 se ha modificado el importe de las retenciones a cuenta del IRPF para rendimientos de actividades profesionales a aplicar a partir del 01 de septiembre de 2012, así las actividades profesionales quedan sujetas a una retención del 19% mientras que el tipo aplicable a los primeros años de actividad será del 9%.

No obstante mediante una disposición transitoria se establece que la retención a aplicar entre el 01 de septiembre de 2012 y el 31 de diciembre de 2013 será del 21%.

Esta modificación del tipo de retención también afectará a los rendimientos del trabajo derivados de impartir cursos, conferencias, coloquios, seminarios y similares, o derivados de la elaboración de obras literarias, artísticas o científicas, siempre que se ceda el derecho a su explotación.Es en este contexto que se ha optado por presentar una propuesta de modificación del Reglamento (CE) nº 450/2008 (código aduanero modernizado o «CAM»).En conclusión: Durante el periodo de consultas no cabe más negociación legítima que la que se mantiene con los representantes de los trabajadores, sin perjuicio del derecho de la empresa y los trabajadores de, una vez finalizado el periodo de consultas sin acuerdo, alcanzar los pactos que tengan por conveniente.Así mismo podrán expedirse tiquets por las actividades en relación con sectores empresariales o profesionales o empresas determinadas que autorice el Departamento de Gestión Tributaria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, con el fin de evitar perturbaciones en el desarrollo de las actividades empresariales o profesionales, teniendo en cuenta siempre el límite de 3.000,00 €